El juez de Paz de Chuy, doctor Juan Benítez Caorsi, en la resolución en que dispuso la libertad de Jaime Aguirre, expresó no compartir la posición de la Fiscalía que quería procesar al indagado por el Artículo 209 del Código Penal. El fiscal entendía que la posesión de un kilo y medio de trotil implicaba "un peligro actual e inminente a la seguridad pública".
Benítez Caorsi, en la fundamentación de su resolución, sostuvo la necesidad de realizar una instrucción más profunda "a fin de determinar si el indagado verdaderamente se proponía atentar contra la seguridad pública". Agregó que "si bien la tenencia de explosivos sin autorización no está permitida, ello constituye una falta y no un delito".
El magistrado restó toda credibilidad a las declaraciones de Aguirre quien dijo haber encontrado el material explosivo unos veinte días atrás en una zona rocosa de Punta del Diablo. Al respecto dijo que "la explicación no convencería al más ingenuo de los jueces de la República". Pero insistió que la mera tenencia no ponía en riesgo la seguridad pública.
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