Aldo Roque Difilippo |Mercedes
Presentaron en la Junta Departamental un anteproyecto de reglamentación del trabajo sexual en Soriano. La iniciativa fue presentada por el edil colorado José Amy. Si bien Amy reconoce que existe un marco regulatorio del Trabajo Sexual, establecido por la Ley 17.515 del 4 de julio de 2002, a su entender "se cumple en parte, por lo que es pertinente ahondar en materia departamental".
Este anteproyecto consta de 27 artículos, puntualizándose que "el ejercicio de esta actividad no será motivo de sanciones de ningún tipo, siempre y cuando se desempeñen dentro de lo previsto". Las personas que ejerzan la prostitución lo deberán hacer "en los lugares debidamente habilitados" o en zonas establecidas.
La iniciativa incluye la creación de una Comisión Honoraria de Protección al Trabajo Sexual, similar a lo previsto en el orden nacional, que estará integrada por un representante de la Intendencia, de la Junta Departamental, Inau, MSP, Jefatura de Policía y un representante de los trabajadores sexuales. Este organismo tendrá el cometido de "propender a que se cumpla lo establecido en el marco legal", funcionando además como "receptor de denuncias de abusos, proxenetismo o trabajo sexual infantil, de las que dará inmediato trámite a la justicia competente". Esta comisión servirá también para asesorar a los trabajadores sexuales "sobre sus derechos y obligaciones" y promoverá "cursos sobre educación sexual y sanitaria entre los trabajadores sexuales y la comunidad".
El anteproyecto establece que "para ejercer el trabajo sexual en el departamento se deberá estar inscripto en el Registro Nacional de Trabajo Sexual". Determinando las zonas y los lugares para el ejercicio del trabajo sexual.
"La reglamentación deberá prever en forma precisa el horario, la vestimenta, como así también el comportamiento del trabajador sexual, de modo que no afecte la sensibilidad de las familias de la vecindad ni que resulte lesivo para niños o adolescentes". Definiendo también las categorizaciones de los locales (Prostíbulos, Whiskerías, Casas de citas y masajes), ya que "ningún local donde se ejerza el trabajo sexual podrá funcionar sin la autorización de la Jefatura de Policía".
Estableciéndose sanciones que van desde las 10UR a las 100 UR, "sin perjuicio de la configuración de otros hechos delictivos" para quienes infrinjan la ley.
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