RICARDO GABITO ACEVEDO
El empresario Francisco Paco Casal compró a Carlos Grossmüller el viernes 10 de agosto, en U$S 775.000 (le pagó U$S 3.000.000 por un paquete de cuatro futbolistas a Danubio ) y el lunes se lo vendió al Schalke 04 de Alemania en U$S 4.900.000 (3.500.000 euros), ganando en 72 horas la friolera de U$S 4.125.000.
Las cifras son oficiales, reconocidas por el propio club alemán, que ha destacado las virtudes del volante uruguayo y confía en haber hecho una excelente inversión con su fichaje.
Por su parte, el Schalke 04 fijó una multa de U$S 5.600.000 (4.000.000 de euros) como cláusula de rescisión en caso de que el futbolista quiera abandonar el club en los próximos cuatro años, que es el término de su relación contractual con la institución, según surge de la información oficial de la propia Bundesliga.
Los hechos confirmaron la gran sospecha de que Paco Casal ya había definido la transferencia de Carlos Grossmüller al club alemán antes de finiquitar el negocio con los dirigentes de Danubio, lo que pauta la total impunidad y desparpajo con que se desempeña el empresario, configurándose por enésima vez una violación a la Ley Nº 14.996, del 18 de marzo de 1980, que en su artículo 2º prohíbe expresamente la cesión de derechos deportivos y/o económicos de los deportistas a las personas físicas.
El reconocimiento público del presidente de Danubio, Arturo Del Campo, de que había vendido en un paquete por U$S 3.000.000 los derechos federativos de Carlos Grossmüller, Cristhian Stuani, Marcel Román e Ignacio Gonzalez, configura una violación a la citada norma, que es de Orden Público en Uruguay.
El artículo 2º de la Ley Nº 14.996 dice textualmente: "( Cesión de derechos sobre la prestación de la actividad de un deportista o sobre su transferencia).
- Prohíbense todas las cesiones de derechos sobre la prestación de la actividad de un deportista o sobre su transferencia, efectuadas por instituciones afiliadas a las asociaciones o federaciones reconocidas oficialmente o por cualquier otra institución con personería jurídica inscripta en el registro respectivo, en favor de personas físicas o de personas morales que no revistan la indicada naturaleza.
Cométese al organismo rector de cada rama del deporte o, en su defecto, a la Comisión Nacional de Educación Física (ahora la competencia la tiene el Ministerio de Turismo y Deporte) el deber de velar por la observancia de esta disposición y de sancionar administrativamente, hasta con pena de desafiliación si correspondiere, toda infracción que comprobare."
El Schalke 04 aún no ha oficializado la solicitud de transferencia a la AUF del volante Carlos Grossmüller pero LA REPUBLICA está en condiciones de adelantar que las autoridades de la Dirección General Impositiva están vigilantes para intervenir y obligar al empresario "Paco" Casal a aportar el impuesto del IRAE, que es del 12% de la renta que obtuvo, que ronda los U$S 495.000.
Las autoridades de la DGI comunicaron a la AUF que deberá exigir la misma documentación a las instituciones cuando libren una transfer al exterior, cuando estaba vigente el impuesto del 5% a las transferencias al exterior.
En el caso particular de Grossmüller, los dirigentes de Danubio deberán aportar el contrato por el cual se vendió el volante al empresario "Paco" Casal y el documento que avala la venta al Schalke 04 que la prensa alemana informó, se concretó en 3.500.000 euros.
El pase del futbolista al equipo alemán deberá salir de la AUF procedente de Danubio porque éste no pidió pase a otro club uruguayo antes de viajar a Alemania no le dio el tiempo para ello, como sucedió en casos anteriores.
Resumiendo, "Paco" Casal compró a cuatro jugadores del Campeón Uruguayo en U$S 3.000.000 y en la primera venta que concretó de uno de ellos, ganó en 72 horas, U$S 4.125.000. *
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