EL SMU CREO SEGURO PARA CUBRIRSE DEL "FLAGELO" DE LAS DEMANDAS

Compañías aseguradoras inician acciones contra decreto que favorece al Sindicato Médico

Esta situación ha creado una protesta por parte de las empresas de seguros ya que consideran se estaría creando un mercado paralelo, ya que al gremio del Sindicato Médico se le podrían estar sumando otras instituciones que impulsaran este u otro tipo de seguros.

En este sentido se han iniciado acciones contra el decreto del Poder Ejecutivo.

En la declaración pública que emitieron Audea y las gremiales de corredores de seguros Aproase y Cuaprose, estas Cámaras manifiestan su rechazo al Decreto por «su manifiesta ilegalidad y por ser contrario al interés general de los asegurados y beneficiarios de seguros».

El SAIP, creado en 2005 dentro de la órbita del SMU, brinda servicios a los profesionales de la salud afiliados. Entre estos servicios, un «seguro» de responsabilidad civil que cubre los riesgos de mala praxis.

En mayo de este año, el Poder Ejecutivo autorizó al SAIP a operar como «mutua de seguro» y le dio un plazo de seis meses para que se adapte a «la normativa que determine el Banco Central del Uruguay». Ello motivó la reacción de la Cámara de Aseguradoras privadas, que inició acciones contra el decreto.

La doctora Geraldine Ifrán, de Ferrere Abogados, que integra la Comisión de Abogados de Audea, comentó que «el decreto que autorizó al SAIP a actuar como mutua no respeta las reglas que hoy cumplen todas las aseguradoras privadas».

Explicó que a partir de 1993, sólo pueden operar como aseguradoras las sociedades anónimas que, además, cumplan con la estricta regulación bancocentralista. El Banco Central tiene una Superintendencia que es la encargada de regular el mercado de seguros, que mueve centenares de millones de dólares al año.

Sólo las mutuas que operaban en 1994 fueron autorizadas a seguir actuando como tales y no constituirse como sociedades anónimas, quedando sometidas a un régimen más flexible.

El SAIP fue creado en el 2005, por lo que no encaja en esta excepción y, según Ifrán, deberían aplicársele las mismas reglas que a todas las demás aseguradoras». La abogada agregó que «con el recurso, las aseguradoras privadas sólo piden que se respete la normativa vigente y se garantice la competencia en igualdad de condiciones entre todos los operadores del sector».

 

Crecimiento de demandas

En una nota publicada por la revista Noticias del SMU, se señala que el objetivo de este seguro es equilibrar un servicio que atenderá entre 40 y 60 demandas al año.

Se acota que el Servicio de Asistencia Integral Profesional (SAIP) «es un servicio gremial sin fines de lucro, impulsado por el SMU con el objetivo de promover el ejercicio profesional de acuerdo con los mejores estándares de calidad y responsabilidad para apoyar a los afiliados en casos de demandas por responsabilidad profesional».

Para el SMU, las demandas por mala praxis son «un flagelo», desconocido hasta 1985. Debido a esto, el SMU contrató una póliza con el Banco de Seguros. Pero el costo de la póliza creció a medida que aumentaban las demandas.

Su costo anual por médico pasó de 144 dólares en 1990 a 880 dólares el año pasado.

La revista del SMU indica que «una de las razones para tomar el tema directamente desde el SMU (o sea crear el SAIP) «fue que el BSE oculta la siniestralidad».

En 1994 el Sindicato Médico designó una comisión para seguir el tema, «que estaba cobrando cada vez más entidad». Las demandas crecen entre un 10% a 15% por año y también existe un aumento de los montos demandados y de las sentencias condenatorias (de 20% a 50%).

«EL SAIP ofrece un consultorio de responsabilidad profesional para el manejo de la demanda en un ambiente no hostil y con una finalidad educativa y docente». El asesoramiento legal del SAIP está a cargo del Estudio del doctor Gonzalo Fernández, quien, se acota «realiza desde hace diez años la defensa penal de los socios del SMU, habiendo acumulado experiencia en más de 250 casos, un 80% de ellos por responsabilidad médica».

El servicio incluye un subsidio económico en caso de sentencia condenatoria y el costo está calculado según edad y riesgo de que el costo de sus aportes está determinado responsablemente y es ajustado a la realidad del sector Salud. El SAIP se financia con los aportes realizados por los socios. La administración de los fondos está protegida por la creación de un fideicomiso regulado por la Ley 17.703 cada especialidad. Además de los médicos, el seguro también puede ser adoptado por practicantes, residentes y odontólogos.

Se estima que actualmente hay más de 2.000 médicos afiliados al SAIP, con unos 40 casos cubiertos, o sea que un 2% de los médicos cubiertos por el seguro fueron demandados y los costos se cubrieron con el seguro.

En Estados Unidos, un 10% de los médicos son demandados por año, se estima que en Uruguay llega al 2%. Las demandas son principalmente de pacientes del sector privado y un importante número provienen del interior del país.

El seguro del SMU cubre hasta U$S 50 mil, pudiendo acumular dos años sin litigios, y llevando esa cobertura a un máximo de U$S 100 mil. Los costos anuales de estas pólizas son variadas, ya que uno de los principios básicos es si el profesional realiza o no una maniobra invasiva. El mayor costo es para los anestesistas mayores de 50 años que pagan por año U$S 405 y el menor para los practicantes de medicina con U$S 45. Llama la atención que la mayor cobertura por categorías es precisamente para anestesistas, uno de los grupos más demandados.

También hay cobertura para psicólogos por U$S 65 o médicos residentes por un monto similar.

Asimismo se brinda un subsidio económico destinado a cubrir las obligaciones legales de los afiliados, emergentes de su responsabilidad profesional, en caso de un fallo judicial adverso, agotadas todas las instancias judiciales pertinentes (primera instancia, Tribunal de Apelaciones y en su caso Suprema Corte de Justicia). *

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