Otra reforma. Sutil, compleja, pero esencial

Nueva ley del mercado de  valores aprobada por unanimidad

El Senado aprobó hace pocos días ­por unanimidad­ una nueva ley que regulará el mercado de valores en Uruguay. En términos generales, la ley pretende dotar de mayor transparencia y eficiencia al mercado de valores, así como mayor protección de los inversores. Así lo señala un informe elaborado por la consultora CPA Ferrere al que tuvo acceso LA REPUBLICA.

A partir de este nuevo marco legal, el informe destaca algunos cambios regulatorios y novedades tributarias.

 

Nuevas regulaciones

Dentro de los cambios regulatorios, la nueva ley establece obligaciones respecto a la transparencia de la información, estructuras de directorios, comités de auditoría y vigilancia, obligaciones adicionales para directores de sociedades abiertas, régimen especial para contratación y la retribución de los directores, así como información sobre participación accionaria de directores.

A su vez se crea la Comisión de Promoción del Mercado de Valores con fines de asesoramiento al Poder Ejecutivo y promover el desarrollo del mercado de valores con integración de los inversores institucionales y emisores.

Al mismo tiempo, se introducen nuevos requisitos para intermediarios de valores, en particular la obligación de ser sociedades comerciales con objeto exclusivo.

La nueva ley obliga de designar representantes de obligacionistas (agente fiduciario) en emisiones públicas de obligaciones negociables. Hasta ahora no era obligatorio.

* Se incluyen normas específicas aplicables a la intervención y liquidación de bolsas de valores e intermediarios de valores.

* Se establece la designación de calificadora de riesgo para emisión de valores. Si bien la ley ahora no lo hace obligatorio tal cual estaba en el proyecto que había sido aprobado originalmente por el Senado, igualmente queda abierto a que la reglamentación lo pueda exigir para todo tipo de valores, incluyendo calificación para emisión pública de acciones.

 

Incentivos fiscales

El nuevo marco normativo crea beneficios para sociedades anónimas que coticen en Bolsa, como la exoneración del 7% de IRNR o IRNF en la distribución de dividendos por las acciones que coticen en bolsa. A la vez que se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar de Impuesto al Patrimonio por hasta 5 años el patrimonio de las S.A. que realicen suscripciones públicas de acciones en bolsa.

Así como la exoneración efectiva a quienes sean tenedores de acciones de S.A. que realicen suscripciones públicas de acciones en bolsa. También se estipula que las sociedades que coticen en Bolsa podrán abatir el Impuesto al Patrimonio con el IRAE.

 

Las rentas

La ley especifica también benefiacios para certificados de participación emitidos a través de la bolsa, ya que las rentas por certificados de participación quedan gravadas con una tasa preferencial de Impuesto a la Renta de No Residentes e IRPF del 3%. Para ello se requiere cotización bursátil y plazo de más de 3 años).

 

Las comisiones

En lo que respecta a las comisiones por la compraventa de valores privados no queda gravada con IVA. Al tiempo que se exonera de IVA las operaciones de descuento de documentos realizadas a través de la Bolsa de Valores. El sujeto tiene que ser contribuyente de IRAE o Imeba.

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