La Cámara de Diputados ya votó favorablemente el proyecto de ley llamado de "Humanización y Modernización del Sistema Carcelario" y que resulta más conocido como de descongestionamiento de los establecimientos de reclusión. El Senado tiene ahora la palabra.
Entendemos que dicho proyecto de ley es de capital importancia, pero esa importancia tiende a diluirse en medio de otras urgencias y del comienzo de las investigaciones sobre los crímenes del terrorismo de Estado. Por tanto, consideramos de interés reproducir parte de nuestro editorial del pasado 29 de junio.
Decíamos entonces: "La iniciativa del ministro del Interior halla su fundamento en una situación carcelaria explosiva, que ya había dado muestras más que elocuentes de hasta qué punto era insostenible. Hay cifras en la exposición de motivos de la norma remitida al Parlamento que hablan por sí solas: el índice internacional de hacinamiento se califica de crítico cuando la cantidad de reclusos en relación a 100 plazas locativas, supera los 120; en la realidad carcelaria uruguaya, el promedio se sitúa en 196, llegando a 333 en el Comcar. No es preciso abundar en comentarios respecto de lo que significa una población de reclusos alojada en un sistema carcelario cuya capacidad locativa se ve superada en casi el doble. En tales condiciones, es impensable pretender la reeducación y la reinserción social que pretende el artículo 26 de la Constitución; al contrario, las cárceles se han vuelto lugares de mortificación, donde los infractores están mal alimentados, sin una correcta atención sanitaria, compartiendo celdas minúsculas, todo lo cual abona el terreno para las conductas agresivas y para que las cárceles se conviertan en verdaderas escuelas de delincuencia.
Asimismo, la población carcelaria del Uruguay es de las más altas de América Latina en relación al número de sus habitantes: 212 reclusos por cada 100 mil habitantes.
Este último dato echa por tierra la tesis favorable al incremento del rigor punitivo como forma de desestimular la comisión de delitos. En efecto, la Ley de Seguridad Ciudadana y las leyes de Urgencia, que impusieron penas más severas para ciertos delitos, no lograron reducir la criminalidad ni el índice de reincidencia; el resultado fue el aumento de la población carcelaria.
Ahora bien, el proyecto remitido al Parlamento, si bien habilita la liberación de aproximadamente un diez por ciento del total de procesados y penados, en modo alguno significa luz verde para que queden libres los delincuentes más peligrosos.
En efecto, están exluidos del beneficio de la libertad, a texto expreso, los reclusos imputados de homicidio, lesiones gravísimas, violación, atentado violento al pudor, rapiña con uso de armas y/o de la que hayan resultado lesionados, o mediante copamiento o extorsión, tráfico de drogas, trata de blancas o proxenetismo, así como ciertos delitos 'de cuello duro' tales como quiebra o insolvencia fraudulenta, violación de la Ley de Sociedades Anónimas (delito por el que están procesados los Peirano), usura, cohecho y soborno transnacionales y blanqueo de dinero.
Como se advierte, el gobierno exhibe sensibilidad ante la legítima preocupación ciudadana y niega el beneficio --que excepcionalmente otorga esta ley con ciertas condiciones-- a los delincuentes que realmente significan un peligro para la sociedad".
En esta misma edición publicamos un artículo del dirigente del Nuevo Espacio Raúl Altuna, que apunta en el mismo sentido. Creemos que nunca será excesiva la insistencia sobre el asunto pues debemos contrarrestar la práctica machacona de la derecha que, como bien sostiene Altuna, se limita a sembrar la alarma y no ofrece más soluciones al problema de la inseguridad ciudadana que las que apuntan a políticas "cosméticas" y cortoplacistas sin atender las profundas causas del incremento del delito. *
Comentarios (beta!)