El juez en lo penal de 17º Turno decretó el procesamiento sin prisión de una mujer de 25 años y de su compañero, de 32, por el delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad. Ambos maltrataron a una pequeña de 8 años, hija de la mujer, por lo cual además de la imputación se les prohibió acercarse a la menor por el término de 120 días, con permanente información al Juzgado de Familia. El individuo procesado fue acusado por parte de la abuela de la niña, actual pareja de la madre de la menor por haberla golpeado, al igual que la propia progenitora. La criatura presentaba diversas lesiones al ser revisada por un médico forense. *
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