ISABEL VILLAR
Conversando con su madre, su abuela, la empleada doméstica, la niña de 5 años relató hechos vividos en casa de su padre, sospechosos de abuso sexual por parte de éste y su compañera.
La madre, divorciada dos años antes del padre -que gozaba de amplio y consensuado régimen de visitas respecto de la niña y su hermano de 3 años- solicitó asesoramiento en la Comisaría de Defensa de la Mujer y la Familia, donde la niña fue entrevistada en su Consultorio Psicológico y Social. Espontáneamente y con fluidez, allí refirió escenas de a tres en el dormitorio, que incluían desde exhibición de películas "de desnudos", toma de fotografías, asistencia al relacionamiento sexual entre adultos, otras conductas configuratorias de abuso sexual, hasta heridas con tenedor y con cuchillo inferidas a la niña por el padre, que a su vez la apercibía de no contarlo a nadie. En base al discurso, lo observado y los síntomas de la niña (vergüenza, angustia, enojo, pesadillas, temores, enuresis diurna), la psicóloga concluyó que existía la posibilidad de que fuera víctima de abuso sexual.
La madre formalizó la denuncia penal de los hechos, lo que dio lugar a una segunda pericia, esta vez en el Centro de Atención a las Víctimas de Violencia Doméstica y Sexual del Ministerio del Interior. Realizada con cámara de Gessel -que permitió que juez, fiscal y médica forense la presenciaran sin ser vistos- y videograbada, confirmó el diagnóstico primario, agregando la presunción de "considerable ocurrencia y alta frecuecia de consumación" del abuso.
La pericia forense posterior constató rastros de pinchazos en la región epigástrica de la niña y cicatriz de otra herida. Del análisis psiquiátrico de la entrevista videograbada, surgió la existencia de " trastorno por estrés pos traumático, ya que la niña ha tenido experiencias sexuales inapropiadas para su edad".
El juez procesó con prisión al padre y a su pareja, pero previo a dictar sentencia solicitó una nueva pericia a la Cátedra de Psiquiatría Pediátrica de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, que funciona en el Hospital Pereira Rossell. Realizada más de un año después de la primera, y cuestionadora de intervenciones anteriores, la conclusión fue que la existencia de abuso sexual en el caso era " inverosímil" y que se trataba de una "construcción del mundo adulto" en la cabeza de la niña.
No obstante, y atendiendo a una bien fundada vista fiscal, en primera instancia se condenó al padre de la niña y a su compañera por atentado violento al pudor y al primero también por omisión de los deberes inherentes a la patria potestad. La sentencia consigna la sorpresa del juez ante la " temeridad" del último dictamen, y su pregunta acerca de "qué tipo de procedimiento habría de desplegarse para lograr un testimonio tan convincente de una niña de cinco años, siendo que es tan común que adultos e inveterados delincuentes no logren pronunciar tres o cuatro frases sin caer en contradicciones".
Recurrida la sentencia, corría ya el año 2007 cuando el Tribunal de Apelaciones evaluó que este dictamen aportaba una "duda razonable" en favor del reo y resolvió absolver a los imputados.
Mientras tanto, la justicia de Familia que había dispuesto la suspensión del régimen de visitas paternas para proteger a la niña -aunque negó la pérdida de su patria potestad solicitada por la madre- en febrero de 2008 las repuso a solicitud del padre.
Este caso paradigmático de violación del derecho de una niña a ser protegida por el Estado -a cargo de cuyas dependencias estuvieron todas las intervenciones que llevaron a encontrar abuso primero y negar su existencia después-, fue presentado por la doctora Alicia Deus, integrante de la organización social Infancia Adolescencia Ciudadana (IACI), en el Ateneo realizado en el Palacio Legislativo.
Especialmente invitados varios de los operadores protagonistas, tuvieron oportunidad de explicar cuáles fueron los elementos en que basaron sus decisiones.
La psicóloga Fernanda Martínez, primera en interactuar cuando se reveló la posibilidad de abuso sexual, le creyó a la niña entonces y continúa haciéndolo. Ante el derrotero del proceso, hoy se pregunta visiblemente frustrada y preocupada qué fue lo que faltó para que el resto de los operadores también quedaran convencidos. "El relato era muy claro, había indicadores, elementos, detalles", dice recordando la mirada de la niña durante la entrevista, su angustia, el impacto que acusaba la madre.
El fiscal Fernández Dovat, quien formulara la acusación penal, está convencido de que el centro de la prueba en abuso sexual infantil, cuando no hay huellas físicas, es el testimonio de la víctima obtenido en entrevista dirigida y supervisada por el juez, como sucedió en el caso de la entrevista realizada por la psicóloga Gabriela Fulco, cámara de Gesell mediante. No había imputado entonces, caso contrario también su defensa podría haber estado allí. El fiscal valoró la coherencia de las respuestas infantiles, su redundancia en los detalles, y su verdad le resultó altamente creíble. Del testimonio del acusado, en cambio, quien negó los hechos y lloró, concluyó una actitud defensiva. Otro indicio en su contra fue que nunca cuestionó los testimonios de familiares de la niña.
Por razones personales, el juez penal Gustavo Miraval, decisor de la condena a prisión del padre de la niña y su compañera, revocado en segunda instancia, no pudo participar del Ateneo.
La médica forense Zully Domínguez buscó lesiones y las encontró en el cuerpo de la niña, quien le explicó " muy espontáneamente", que se las había hecho su papá con tenedor y con cuchillo. Por otra parte, el relato de la niña a la psicóloga Fulco, que observó detrás del vidrio de la cámara de Gesell, le resultó veraz y la pericia concluyente.
"No se debe subestimar ningún relato proveniente de un niño: podría convertirse en un crimen inadmisible cometido por profesionales, agregado al que ya le ha tocado vivir", afirma Domínguez. Agrega que aunque no se encuentren pruebas concluyentes, "una vez que un niño denuncia abuso sexual tendría que haber un seguimiento estricto, con evaluaciones periódicas y medidas protectoras".
El profesor agregado de Medicina legal y docente honorario de la Cátedra de Psiquiatría Pediátrica, Hugo Rodríguez, y la psiquiatra Laura Viola, integrante de esta última, participaron en la pericia de la niña que fue decisoria para la liberación de los imputados.
Para Rodríguez, "El abuso sexual tiene ideología, las leyes tienen ideología. Los informes periciales no deben tener ideología porque lo que intentan es obtener una evidencia de algo". Si bien reconoce que "la alegación del niño es un signo altamente orientador", exige que cumpla con algunas características según técnicas existentes, para que "no sea una contaminación del discurso adulto, lo cual puede ocurrir intencionalmente o no, como cuando es fruto de la propia angustia que puede generar el abuso en una familia". También cuestiona la "genitalización de la pericia", descartando que sea posible la penetración a corta edad, " hasta por problemas anatómicos".
Viola sigue convencida de que cuando perició a la niña, en una junta médica integrada por cinco profesionales, no había elementos que llevaran a sostener que hubiera sido abusada. Dice que no le quita valor al testimonio infantil pero, coincidiendo con Rodríguez, advierte que existen técnicas para valorar qué elementos se toman para acercarse a la validez y confiabilidad testimonial y recomienda "No buscar el enemigo donde el enemigo no está".
Respecto de esta pericia, Fernández Dovat opina que "la entrevista fue inadecuada. La niña se resiste a hablar y la profesional la presiona en un clima de confrontación, de ataque, la ridiculiza, se ríe de ella, le introduce información falsa y preguntas inapropiadas para su edad". Para el fiscal, la absolución del padre fundada en la "duda razonable" a favor del reo que introduciría la misma, "es un caso claro de error judicial".
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