Martes, 16 de agosto, 2005 - AÑO 9 - Nro.1923
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El informe de la Fuerza Aérea Uruguaya

 El teniente
general (av) Enrique Bonelli.
El teniente general (av) Enrique Bonelli.

 

"SECRETO"

Fuerza Aérea Uruguaya

Comando General

Base Aérea "Cap. Boiso Lanza", 8 de agosto de 2005

Asunto: Cumplimiento del artículo 4º de la Ley Nº 15.848 de 22 de diciembre de 1986

 

0503023 0281 (S)

 

Señor Presidente de la República Oriental del Uruguay

Dr. Tabaré Vázquez

 

Presente

 

De mi mayor consideración:

 

Cúmpleme elevar a Usted las averiguaciones llevadas a cabo, en relación a lo ocurrido con los detenidos desaparecidos, en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de junio de 2005.

La información aportada es con referencia a las personas detenidas desaparecidas, Sr. José Arpino Vega y Sr. Ubagesner y Chávez Sosa, así como también la relacionada con las operaciones aéreas en que se transportaron personas detenidas desde la ciudad de Buenos Aires en la República Argentina con destino al Aeropuerto Internacional de Carrasco en nuestro país.

Saluda a Usted atentamente:

 

El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea - Tte. Gral. (Av.) Enrique A. Bonelli

 

VUELOS DE PERSONAS DETENIDAS EN BUENOS AIRES Y TRASLADADAS A MONTEVIDEO

De acuerdo a la información recabada se realizaron dos vuelos, probablemente el primero el 24 de julio y el segundo el 5 de octubre de 1976, partiendo desde el Aeropuerto Jorge Newbery en Plataforma de Aviación General de la ciudad de Buenos Aires en la República Argentina, con destino al Aeropuerto Internacional de Carrasco en Plataforma de la entonces Brigada de Mantenimiento y Abastecimiento.

Estas operaciones aéreas fueron ordenadas por el Comando General de la Fuerza Aérea, a solicitud del Servicio de Información de Defensa (S.I.D.) y coordinadas por ese Servicio.

El motivo de dicha solicitud, alegado por el S.I.D. fue el de preservarla vida de las personas detenidas en la República Argentina, trasladándolas a nuestro país, ya que de la información existente, surgía la posibilidad inminente de muerte de las mismas en aquel lugar.

En función de dicha coordinación, se dispuso que las tripulaciones involucradas recibieran las órdenes del destino de la misión luego de haber decolado, a efectos de cumplir con el traslado de los detenidos, que terminó haciéndose desde el Aeropuerto Jorge Newbery hasta el Aeropuerto Internacional de Carrasco.

Las tareas de embarque, desembarque y posterior traslado estaban a cargo del S.I.D., desconociendo las tripulaciones la cantidad e identidad de los pasajeros, ya que los tripulantes debían permanecer aislados en la cabina de vuelo de la aeronave durante el transcurso de las operaciones.

La investigación no ha permitido conocer la realización de otros vuelos con idéntica finalidad. *


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