Viernes, 21 de septiembre, 2007 - AÑO 9 - Nro.2675
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La DGI anunció que apelará

Fallo judicial desestimó la clausura de Tienda Inglesa

La Justicia Civil no hizo lugar ayer al pedido de clausura por seis días de los locales de Tienda Inglesa, que había solicitado el año pasado la DGI. La jueza Loreley Opertti concluyó que no se comprobó la "presunción de defraudación" que denunció el organismo estatal. Desde la DGI se anunció que el fallo será apelado, mientras que el abogado de Tienda Inglesa dijo que la decisión ratifica la credibilidad en la Justicia.

La DGI sostiene que la Ley de Clausura de Empresas prevé sanciones en caso de "presunción" de delito.
La DGI sostiene que la Ley de Clausura de Empresas prevé sanciones en caso de "presunción" de delito.

La jueza Civil de 1er Turno, doctora Loreley Opertti desestimó ayer el pedido de clausura de los locales de Tienda Inglesa pedida el año pasado la Dirección General Impositiva (DGI), al constatar "presunción de defraudación" de parte de la cadena de supermercados.

La jueza señala que luego de una inspección realizada en Tienda Inglesa, se comprobó que no se respetaron algunas disposiciones previstas en el Código Tributario, por las cuales se impusieron las sanciones correspondientes.

El fallo indica que estos hechos constituyen una contravención, es decir, errores de forma en la facturación, pero que no constituyen "presunción de defraudación", tal como lo entendió la DGI.

En primera instancia, el doctor Fernando Cardinal, antecesor de Opertti al frente del Juzgado Civil de 1er Turno, de conformidad con lo solicitado por la DGI, hizo lugar al pedido. Luego, dio la posibilidad a la parte demandada para que expusiera sus alegatos, en los cuales la magistrada fundamenta su decisión.

"Las acreditadas en autos, son sin lugar a ninguna duda infracciones a los deberes formales, de raíz objetiva y por tanto como viene de verse, cuestionables. Parece en consecuencia un exceso en el poder punitivo del Estado agregarle a esa responsabilidad objetiva una presunción formal y absoluta de culpabilidad, de manera tal de restarle valor a una prueba contundente de inocencia sobre una única razón: que había una presunción legal de responsabilidad", explica el fallo.

"No se justificaría -dice la jueza- la imposición de la pena más grave en un caso donde la infracción constatada es la contravención. Una vez más la DGI admite que no hubo defraudación y si bien se sabe que el daño no es un elemento intrínseco del ilícito, vale la pena poner de relieve que no existió daño al Fisco, ergo, no se dañó a la sociedad".

 

DGI apelara la decisión

El director de la DGI, contador Nelson Hernández, anunció ayer que el organismo apelará el fallo de la jueza Opertti, ya que se considera que la Ley de Clausura de Empresas vigente desde abril del año pasado prevé sanciones en caso de "presunción" de defraudación.

"Se trata de una decisión del Poder Judicial ante la puesta en conocimiento de determinadas infracciones que a nuestro juicio ameritaban la clausura. Nosotros respetamos el fallo pero no lo compartimos, y por eso en los próximos días presentaremos la apelación", expresó Hernández a LA REPUBLICA.

El jerarca subrayó que la DGI "en ningún momento dijo que hubiera existido defraudación, sino que atento a las irregularidades constatadas es de presumir que existiera la intención de defraudar".

Una vez que la DGI presente el recurso de apelación, la jueza tendrá la posibilidad de rever su postura. En caso contrario, el expediente será elevado a un Tribunal de Apelaciones en lo Civil que deberá ratificar o revocar lo resuelto ayer por la magistrada.

Por su parte, el abogado Alberto Varela, del estudio Ferrere y Asociados, representante de Tienda Inglesa, dijo a LA REPUBLICA la decisión de la jueza Opertti constituye un "fallo muy fundado, estudiado y difícil de rebatir, porque no tiene una sola grieta en su razonamiento". Según Varela, el dictamen "ratifica que hay que creer en la Justicia uruguaya". *


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