Sara Bossio Reig, Leslie Van Rompaey, Daniel Gutiérrez Proto, Hipólito Rodríguez Caorsi y Jorge Ruibal Pino, los cinco ministros de la SCJ, coincidieron en la reunión de acuerdos de la mañana de ayer en resolver la inadmisibilidad de la acción presentada por los abogados de Alvarez.
Los integrantes de la Corporación sostienen que no es posible analizar la inconstitucionalidad del delito de "desaparición forzada" porque la figura delictiva todavía no se ha aplicado y recién se lo habrá hecho en caso de que la Justicia haga lugar al pedido de procesamiento de la Fiscalía.
El recurso presentado el miércoles pasado por los abogados Carlos Curbelo Tammaro y Pedro Montano plantea que el mencionado delito, previsto en el artículo 21º de la Ley Nº 18.003, por el cual se pidió su procesamiento, "viola principios cardinales del Derecho Penal y Procesal".
En un escueto fallo de tres carillas la SCJ afirma que hasta que no se consume el eventual enjuiciamiento, la defensa del ex dictador no tiene legitimación para recurrir a la Corporación mediante un recurso de inconstitucionalidad. Este delito, aprobado en Uruguay a fines de 2006, no se ha aplicado a ningún caso.
De esta manera, la SCJ mantuvo su posición ante casos de estas características. El año pasado había rechazado un recurso impulsado por seis militares previo a ser procesados por la desaparición de Adalberto Soba, caso que incluso cita el fallo dictado ayer por la Corporación.
Ahora, el expediente volverá al Juzgado penal de 19º Turno, donde el doctor Luis Charles resolverá seguramente antes del inicio de la feria judicial si hace lugar a los pedidos de procesamiento de Alvarez y los ex marinos Jorge Tróccoli y Juan Carlos Larcebeau.
Sin embargo, la defensa de Alvarez presentó un recurso de "ampliación" ante la SCJ para que la Corporación explicite con mayor claridad los argumentos en los que fundamenta la decisión de desestimar la acción, aunque la posición de los ministros no será reconsiderada.
En los pedidos de procesamiento cursados por la fiscal penal de 2º Turno, doctora Mirtha Guianze, se responsabiliza tanto a Alvarez como a Tróccoli y Larcebeau por los operativos de detención y traslado de presos políticos de Buenos Aires a Montevideo entre 1977 y 1978.
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