Roger Rodríguez. Periodista de LA REPUBLICA fue sobreseído

Tribunal de Apelaciones desestimó queja de Mangini

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. Turno desestimó ayer el recurso de «queja» interpuesto por el mayor (r) Enrique Mangini Usera, contra la sentencia Nº 0271 del juez penal de 19º Turno, Luis Charles, donde se dispuso el «sobreseimiento» del periodista de LA REPUBLICA Roger Rodríguez.

El fallo unánime de los ministros Eduardo Borges, Bernadette Minvielle y José Bonavota indica que «los agravios del denunciante no son de recibo, por lo que serán desestimados», ya que el recurso de «subrogación de la Fiscalía» no fue interpuesto dentro del plazo legal.

El denunciante presentó «queja» por el «incumplimiento de la notificación de sobreseimiento solicitado por la fiscal» Diana Salvo y porque «no se respetó el plazo de 48 horas dispuesto por la ley para decretar el sobreseimiento y la clausura de las actuaciones».

Sin embargo, el denunciante «tuvo conocimiento cierto, indubitable, del sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público» porque estuvo presente «debidamente asistido por su letrado patrocinante (Daniel Arocha)» durante la audiencia del 31 de marzo de 2008, en la cual la fiscal Diana Salvo presentó su dictamen, dice el Tribunal.

La Sala entiende, por tanto, «inadmisible» la posición del apelante «toda vez que es constatable el conocimiento del acto procesal, más allá de la existencia de la constancia o nota de ese conocimiento en el expediente», continúa.

La notificación del pedido de sobreseimiento «fluye de la propia naturaleza de las cosas, dada su presencia en la audiencia y los principios de lealtad y buena fe procesal», más allá de que el magistrado no lo dispuso en el acta «de manera expresa», señala el Tribunal.

«Es contrario a los más elementales principios del proceso pretender una notificación ulterior de un acto procesal tenido lugar en audiencia, que contó con la presencia de quien ello pretende», en este caso el mayor (r) Mangini, expresa la sentencia.

Por tanto, el Tribunal desestimó el recurso y confirmó la sentencia de Primera Instancia.

 

PERIODISTA SATISFECHO

El periodista se mostró «satisfecho» con la resolución y tras escuchar el fallo se estrechó en un abrazo con su abogada, la doctora Maria Pilar Elhordoy. «Ella es la responsable de esta sentencia favorable», dijo Rodríguez.

La denuncia por «difamación e injurias» contra Roger Rodríguez se sustentó en su investigación sobre el homicidio del estudiante Santiago Rodríguez Muela dentro del Liceo Nº 8, la noche del 11 de agosto de 1972. Las sucesivas notas del periodista revelaron que Mangini integraba la «patota» de la JUP que «asaltó» el recinto liceal esa noche, durante una asamblea de estudiantes, padres y profesores, hecho confesado ante la Justicia por el militar.

El fallo del Tribunal de Apelaciones, en tanto, da inicio a una nueva instancia en la investigación sobre la muerte de Rodríguez Muela, ya que Pilar Elhordoy se apresta a presentar una denuncia penal por el homicidio, en nombre de la familia del joven estudiante.

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