Tipifican "homicidios muy especialmente agravados"

Tribunal agrava imputaciones al  Goyo y Larcebeau

Los ministros del Tribunal de alzada, en fallo unánime, procesaron con prisión a los dos imputados por «reiterados delitos de homicidio muy especialmente agravados», por el traslado clandestino de presos políticos desde Argentina hacia Uruguay, en 1978.

La resolución de los ministros José Balcaldi, Alfredo Gómez Tedeschi y William Corujo revoca la aplicación del delito de desaparición forzada al considerarlo «contrario a uno de los principales aspectos del Código Penal uruguayo», dijeron fuentes del Tribunal a LA REPUBLICA.

La normativa uruguaya «no permite la retroactividad de las leyes», es decir, que una persona no puede ser juzgada por un delito no existente en el espectro jurídico cuando el mismo fue cometido. Los ministros rechazaron, por tanto, el carácter permanente del delito de desaparición forzada, indicaron las fuentes.

Asímismo, los ministros del Tribunal de Apelaciones consideraron que el delito de desaparición forzada «cesa cuando se conoce el destino de las víctimas». El Tribunal entendió que «si bien no se conocen los detalles, el destino de las víctimas si se conoce, y es que están muertos», explicaron las fuentes.

La amplia sentencia del Tribunal, de 102 carillas, fue redactada por el ministro Balcaldi, pero recoge posturas y entrecomillados de los restantes dos ministros que conforman el cuerpo. La resolución del Tribunal abre ahora la instancia sumarial del proceso, por lo cual el expediente retornará al Juzgado Penal de 19º Turno, para que se instruya la causa.

El juez Charles deberá ahora instruir la prueba pendiente en el proceso y fijar una nueva instancia de pedido de pruebas y su diligenciamiento, así como la citación de los testigos propuestos por ambas partes. La culminación de este proceso se daría con el pedido de condena de la fiscal Guianze y la resolución del juez.

La tipificación adoptada por el Tribunal agrava la pena contra los imputados. Ahora son pasibles de una condena de hasta 30 años de prisión. La Fiscalía insistiría con el tema de la «desaparición forzada».

 

ALVAREZ SABIA

El juez Charles había dispuesto el procesamiento de Alvarez y Larcebeu por «reiterados delitos de desaparición forzada», haciendo lugar al pedido de la fiscal Mirtha Guianze. El procesamiento del ex dictador se conoció días antes de la Navidad de 2007.

El desarrollo de la investigación permitió recoger elementos de pruebas suficientes para atribuir responsabilidad penal a los implicados. Alvarez asumió como comandante en jefe del Ejército el 1º de febrero de 1978, y se mantuvo un año en el cargo.

El entonces jefe del Ejército e integrante de la Junta de Comandantes en Jefe, «no podía desconocer la conducción de la política de gobierno en materia de lineamientos, coordinación y cooperación entre los gobiernos en la llamada ‘guerra contra la subversión'», sentenció Charles.

El pedido de procesamiento contra Alvarez y Larcebeau incluía al capitán de navío (r) Jorge Tróccoli. El marino, sin embargo, no se presentó ante la Sede y fugó del país. Su extradición aún se dirime en los tribunales de Italia.

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje