Pronunciamiento. Incompatible con la legislación internacional

Piden en ONU anular  la ley de impunidad

El ministro de Relaciones Exteriores, Gonzalo Fernández, participó ayer en Ginebra del Examen Periódico Universal (EPU) de Uruguay, ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, donde la mayoría de los Estados partícipes solicitó «abolir» la ley 15.848, «Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado».

La solicitud del Consejo de DDHH de la ONU pretende la remoción de la ley del ordenamiento jurídico uruguayo, como si nunca hubiera existido, con vistas a permitir las investigaciones y eventuales procesos judiciales contra los responsables de violaciones a los derechos humanos, durante la última dictadura.

El Consejo recomendó, además, al Uruguay, la creación de una institución de derechos humanos acreditada ante el Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales (ICC), así como crear un instituto compuesto por el Estado y entidades de la sociedad civil para supervisar la aplicación de las políticas de derechos humanos.

Ante esto, el canciller Fernández explicó al resto de los Estados partícipes del EPU, la actitud del gobierno uruguayo durante los últimos años con relación a la normativa cuestionada. La interpretación del actual gobierno sobre el artículo 4º de la ley 15.848, habilitó más de 50 investigaciones por violaciones a los derechos humanos, por lo cual se franqueó la condena de diez represores por violaciones a los derechos humanos

El ministro recordó además la reciente resolución del Poder Ejecutivo por la cual, en consonancia con el Poder Legislativo, se consideró inconstitucional la Ley de Caducidad en la causa por la muerte de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray, y la existencia de un proceso público a nivel de la sociedad civil para promover la recolección de firmas e impulsar un plebiscito popular para anular, vía electoral, la norma, aprobada en 1986.

Fernández, que dejó claro que el gobierno no defiende la Ley y nunca lo hizo, también informó sobre las investigaciones realizadas buscando restos de desaparecidos en cuarteles y dependencias militares por primera vez y también las iniciativas de reparación para las víctimas del terrorismo de Estado.

El debate desarrollado en Ginebra se sustanció ante el informe presentado por el gobierno uruguayo ante el organismo, y dos informes elaborados por la alta comisionada de la ONU para los Derechos Humanos; uno, donde se resumen elementos obrantes en los organismos pertinentes de Naciones Unidas y otro, con datos y alegaciones provenientes de ONG, según informó AFP.

 

Incompatible

La solicitud emitida ayer por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU contra la Ley de Caducidad, no es la primera por la cual un organismo internacional pone «en tela de juicio» la legalidad de la norma, por la cual se impidió el juzgamiento de militares por violaciones a los derechos humanos.

La primera resolución en este sentido, fue el informe 29/92 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por el cual se declaró que la Ley de Caducidad es incompatible con el artículo XVIII (derecho de justicia) de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y los artículos 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El informe de la CIDH recomendó entonces al Estado uruguayo «la adopción de las medidas necesarias para esclarecer los hechos e individualizar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el período de facto». El fallo no fue vinculante y el gobierno del ex presidente Luis Alberto Lacalle no adoptó ninguna resolución sobre la norma.

Sin embargo, más recientemente, el Comité de DDHH de Naciones Unidas dispuso la condena del Estado uruguayo en el caso «por torturas» de Hugo Rodríguez Almada, actual integrante de la Cátedra de Medicina Legal de la UdelaR, durante el 51º período de sesiones de dicho comité.

La comunicación 322/88, adoptada el 9 de agosto de 1994, expresa, en su nudo central, que «el Comité reafirma su posición de que amnistías por violaciones graves de los DDHH y las leyes tales como la Ley de Caducidad son incompatibles con las obligaciones de todo Estado parte, en virtud del Pacto de Derechos, Civiles y Políticos».

Más adelante, dice la resolución: «también preocupa al Comité que, al aprobar dicha ley, el Estado parte haya contribuido a crear un ambiente de impunidad, que podría socavar el orden democrático y dar lugar a otras graves violaciones a los DDHH».

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