En total se presentaron 2.803 hojas de votación: 669 más que en 2004
Luego de varios días de espera, finalmente la Corte Electoral concluyó con la tarea de validación de las hojas de votación que participarán de las elecciones internas de los partidos políticos.
Después que cientos de listas permanecieron durante el fin de semana en exhibición en las carteleras de las oficinas electorales se determinó que el número de hojas de votación que participarán de las elecciones primarias del día 28 será 2.803. Las mismas se distribuyen 999 planchas para el Órgano Deliberativo Nacional (ODN) y 1.804 para el Órgano Deliberativo Departamental (ODD).
El Partido Nacional fue con holgura el lema partidario con mayor cantidad de listas presentadas con un total de 1.316, de las cuales 360 corresponden al ODN y 956 al ODD.
El Partido Colorado obtuvo el segundo lugar con 755 hojas de votación: (263 al ODN y 492 al ODD). Al Frente Amplio les fue aprobada 572 listas (298 al ODN y 274 al ODD). Esto representa un incremento con relación a las internas de 2004 de 36 listas.
El Partido Independiente tendrá 67 hojas de votación de los cuales 27 corresponden a lo nacional. El Partido de los Trabajadores registró 16 hojas; mientras que Asamblea Popular, partido que participará por primera vez de las Internas, presentará 59 listas, de los cuales 33 corresponden al ODN. Otro lema nuevo (Cuatro Puntos Cardinales) tendrá 4 hojas en lo departamental y 4 en lo nacional. Finalmente, el lema Comuna registró 3 hojas en lo nacional y 8 en lo departamental.
El departamento donde se registraron más cantidad de listas para el ODN fue Montevideo con 125 planchas, y 333 en lo departamental. Mientras tanto, Canelones fue por lejos el que más listas tiene para el ODD, con un total de 566.
Por el contrario, los números menores de listas aprobadas se encuentran en Lavalleja, con 36 hojas en lo nacional y 44 en lo departamental.
Le sigue Flores con 42 en lo nacional y 33 en lo departamental. Pero el guarismo menor en listas para el ODD se ubicó en Tacuarembó con solamente 27 papeletas, y 41 en el ODN.
Pagarán $ 25 por cada voto
En otro tema, la Corte Electoral aún no reglamentó la ley Nº 18.485, sobre el financiamiento público de los partidos políticos.
En la misma se establece los montos que recibirán los lemas partidarios por cada voto recibido y validado, según el tipo de elección.
Para las elecciones internas del día 28, el Estado paga 13 unidades indexadas ($ 25) por cada voto válido emitido a favor de la candidatura a la Presidencia. Posteriormente existe una redistribución en la interna de los partidos con determinados porcentajes para el candidato a presidente, a los candidatos a los Organos Deliberativos Nacional y Organos Deliberativos Nacional.
En el caso de las elecciones nacionales del mes de octubre, el aporte económico para los partidos es de 87 unidades indexadas ($ 170). En caso de existir balotaje, el pago se reduce a 10 (UI), unos $ 20.
Para las elecciones departamentales de mayo de 2010 el aporte es el mismo que para las Internas (13 UI).
Esta ley que determina el financiamiento público de los partidos políticos fue aprobada en mayo, y debido a que la Corte Electoral todavía no la reglamentó, los distintos lemas no pudieron solicitar una partida anticipada al acto eleccionario, tal como lo permite la norma, teniendo en cuenta, un cálculo aproximado de los votos que pudiera recibir el partido político.
Para ello, también se tiene en cuenta, los antecedentes de las votaciones de las internas de 2004.
El artículo Nº 24 de dicha ley indica sobre la forma de distribución y los porcentajes del dinero que percibirán los partidos por votos obtenidos.
El mismo establece que el 40% de esas 13 unidades reajustables, será entregado al postulante a candidato a presidente en la lista.
Otro 40% será distribuido entre todas las listas de candidatos al órgano nacional que apoyaron esa precandidatura, entregándose el importe correspondiente al primer titular de cada una de ellas.
La distribución se hará en forma proporcional a los votos obtenidos por cada lista.
Mientras que el 20% restante, será distribuido entre todas las listas de candidatos al órgano departamental que apoyaron esa precandidatura, entregándose el importe correspondiente al primer titular de cada una de ellas.
Dicha contribución será depositada en el Banco República en una cuenta especial.
El artículo 26 indica que «la entrega del 80% (ochenta por ciento) de las cantidades que establecen los artículos 21 a 24 de la presente ley se efectuará dentro de los 15 (quince) días siguientes a la realización de la elección.
El complemento del 20% (veinte por ciento) se entregará dentro de los 30 días siguientes a la proclamación por la Corte Electoral de los resultados del acto eleccionario, quedando pendiente el pago hasta tanto se cumplan los requisitos establecidos en la Sección 4ª de la presente ley.
No obstante, el artículo 28, prevé la posibilidad de solicitar un adelanto de dinero por parte de los partidos políticos. La ley establece que «dentro de los 60 días que preceden a la elección, el Banco de la República Oriental del Uruguay podrá adelantar a los candidatos mencionados en el artículo 20 de la presente ley, hasta un 50% de las sumas que presumiblemente deberán recibir, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21 a 24 de la presente ley, según correspondiere.
Las sumas que adelantare el Banco de la República Oriental del Uruguay en función de lo dispuesto en el artículo anterior se descontarán del monto total de la contribución a percibir por los beneficiarios. En caso que las sumas definitivas a percibir por concepto de la contribución establecida en la presente ley no fueran suficientes para cubrir los importes adelantados, el Banco de la República Oriental del Uruguay, para cobrar el saldo, ejercerá las acciones que por derecho correspondan.
Departamento | ODD | ODN |
Artigas | 49 | 53 |
Canelones | 566 | 67 |
Cerro Largo | 71 | 62 |
Colonia | 68 | 59 |
Durazno | 40 | 43 |
Flores | 33 | 42 |
Florida | 34 | 41 |
Lavalleja | 44 | 36 |
Maldonado | 161 | 63 |
Montevideo | 333 | 125 |
Paysandú | 43 | 49 |
Río Negro | 39 | 40 |
Rivera | 58 | 45 |
Rocha | 54 | 44 |
Salto | 51 | 50 |
San José | 44 | 54 |
Soriano | 46 | 43 |
Tacuarembó | 27 | 41 |
Treinta y Tres | 43 | 42 |
Total del país 1804 999
ODD = | Organo | Deliberativo |
Departamental | ||
ODN = | Organo | Deliberativo |
Nacional |
Hojas presentadas por el Frente Amplio
Departamento ODD ODN
Artigas | 15 | 15 |
Canelones | 29 | 21 |
Cerro Largo | 12 | 15 |
Colonia | 18 | 18 |
Durazno | 9 | 13 |
Flores | 6 | 15 |
Florida | 11 | 13 |
Lavalleja | 12 | 12 |
Maldonado | 22 | 20 |
Montevideo | 25 | 21 |
Paysandú | 13 | 15 |
Río Negro | 13 | 16 |
Rivera | 15 | 15 |
Rocha | 15 | 14 |
Salto | 11 | 14 |
San José | 14 | 17 |
Soriano | 11 | 14 |
Tacuarembó | 9 | 14 |
Treinta y Tres | 14 | 16 |
Total de País 274 298
ODD = | Organo | Deliberativo |
Departamental | ||
ODN = | Organo | Deliberativo |
Nacional |
Hojas presentadas por el Partido Nacional
Departamento ODD ODN
Artigas, | 17 | 19 |
Canelones | 436 | 17 |
Cerro Largo | 49 | 35 |
Colonia | 22 | 25 |
Durazno | 17 | 15 |
Flores | 17 | 16 |
Florida | 14 | 18 |
Lavalleja | 15 | 15 |
Maldonado | 66 | 25 |
Montevideo | 145 | 28 |
Paysandú | 16 | 18 |
R;io Negro | 15 | 13 |
Rivera | 21 | 14 |
Rocha | 17 | 13 |
Salto | 22 | 20 |
San Jose | 16 | 22 |
Soriano | 20 | 14 |
Tacuarembo | 10 | 17 |
Treinta y Tres | 20 | 16 |
Total 955 260
ODD = | Organo | Deliberativo |
Departamental | ||
ODN = | Organo | Deliberativo |
Nacional |
Hojas presentadas por el Partido Colorado
Artigas | 15 | 17 |
Canelones | 84 | 22 |
Cerro Largo | 6 | 9 |
Colonia | 24 | 13 |
Durazno | 12 | 12 |
Flores | 7 | 8 |
Florida | 6 | 6 |
Lavalleja | 15 | 7 |
Maldonado | 67 | 13 |
Montevideo | 156 | 67 |
Paysandú | 11 | 12 |
Río Negro | 8 | 9 |
Rivera | 17 | 12 |
Rocha | 18 | 11 |
Salto | 12 | 11 |
San José | 9 | 9 |
Soriano | 12 | 11 |
Tacuaremb;o | 6 | 6 |
Treinta y Tres | 7 | 8 |
Total 492 263
ODD = | Organo | Deliberativo |
Departamental | ||
ODN = | Organo | Deliberativo |
Nacional |
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