Revocaron procesamiento a policía preso por 87 días

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er Turno revocó y dejó sin efecto el procesamiento del cabo de policía Valerio Villarrubia Etchezar, que fuera procesado el día 3 de abril del 2009 por la Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal de Río Negro de 1er turno doctora Adriana de Aziz Foliadoso, quien por decisión Nº 233 fs 157/159 bajo la imputación «prima facie de un delito de omisión de los funcionarios de proceder a denunciar los delitos en reiteración real con un delito de violencia privada».

La abogada defensora Dra. María Silvia Martínez Zabaleta interpuso los recursos de reposición y apelación logrando que en la imputación del delito de omisión de los funcionarios en proceder a denunciar delitos, no existen elementos en autos para imputar el delito mencionado. En referencia a la imputación de delito de violencia privada Villarrubia recibió lesiones graves «y no se tuvo en cuenta el accionar antijurídico que tuvo como autor a quien lo lesionó; concluyendo que no actuó amparado en la eximente de la legítima defensa luego del análisis de los elementos de ésta eximene de responsabilidad aplicados al caso concreto. «Mal pudo Villarrubia ejercer violencia en contra del denunciante cuando fue derribado y al verlo caído agredido con golpes de puño y puntapiés».

La sala no percibe la existencia de elementos de convicción suficientes de que haya habido omisión o retardo en la actuación que le cupo al funcionario Villarrubia

En cuanto al delito de violencia privada, la falta de procesamiento del denunciante por las lesiones graves inferidas a Villarrubia y la indebida aplicación del instituto de la legítima defensa, el apelante no tiene legitimación para recurrir ya que en nuestro ordenamiento jurídico procesal penal, la legitimación en tales circunstancias la posee solo el Ministerio Público.

Luego afirma el tribunal que las «amenazas con arma de fuego que afirman quienes denuncian no es creíble desde que en autos no puede considerarse acreditado que Villarrubia tuviera arma y siendo levantado después de la golpiza por ambulancia no consta que se le haya encontrado arma alguna. Y si no amenazó al denunciante con arma como éste dice, la posterior agresión en el estacionamiento se presenta como consecuencia de una pelea en la que Villarrubia fue atacado por varios, derribado y lo golpearon con puñetazos y puntapiés hasta que fue separado, provocándole lesiones graves. En tales circunstancias pretender que Villarrubia ejerció violencia mediante amenazas con arma parece excesivo» «no existen elementos de convicción suficientes que permiten sustentar tal procesamiento.

Se revoca el procesamiento de autos en cuanto ellos no colman los requisitos exigidos por la ley para fundar la sujeción jurídica al proceso del justiciable, por los fundamentos expuestos se resuelve revocar la resolución N º 233 dejando sin efecto el procesamiento de Valerio Noel Villarrubia Etchezar, declarando canceladas las cauciones prestadas y definitiva la libertad de que goza».

Valerio Villarrubia estuvo 87 días preso, en los cuales vio afectada su salud.

El gremio policial hoy, acompañó al policía al juzgado a recibir la resolución, que por estar presente ésta corresponsal, no la querían entregar a la abogada defensora. También estuvo presente el presidente del SUPU a nivel nacional.

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