PREOCUPACION. EL GOBIERNO EVALUO CONSECUENCIAS DE LA VOTACION DEL JUEVES

Incertidumbre ante eventual fallo  adverso en la Corte

El Presidente José Mujica y el Secretario de Presidencia, Alberto Breccia, analizaron los efectos y los posibles escenarios que se generarían si la Ley Interpretativa es declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

Tanto en el Ejecutivo como en la izquierda, se maneja que, en caso de ser recurrida, la SCJ promovería, por mayoría, la tesis de irretroactividad de la ley penal como argumento para cuestionarla y declararla ilegítima.

Según supo ayer LA REPUBLICA, existe la presunción de que la actual integración se pronunciaría «por mayoría de 4 a 1 al menos», en favor de la inconstitucionalidad del texto interpretativo de la Constitución de la República, por el cual se pretende dejar sin efecto la Ley Nº 15.848, «Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado». Esta información es manejada tanto por Presidencia de la República como por sectores del Frente Amplio. En el gobierno, se analizan los escenarios de incertidumbre que se generarían a partir de la aprobación de la Ley interpretativa que declarara inexistente la Caducidad y la eventualidad de que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) determine la inconstitucionalidad de la misma. El Presidente, José Mujica y el Secretario de Presidencia, Alberto Breccia, han analizado esta hipótesis, y la posibilidad de que la norma sea recurrida. Durante los gobiernos de los partidos tradicionales se aplicó la Ley de Caducidad para archivar los diversos casos que solicitaban la investigación de distintos asesinatos durante la dictadura militar (1973-1985). Luego, en el gobierno de Tabaré de Vázquez, y ahora de José Mujica, se desarchivaron. No obstante, si el próximo 19 el Parlamento sanciona la Ley interpretativa, la Caducidad desaparecerá y no causará efectos. A partir de entonces, si una persona solicita ante el Ejecutivo la revocación de un acto administrativo del pasado (de los gobiernos de los partidos tradicionales) por el cual se incluía un caso en la Caducidad, el gobierno actual podría decidir que la declaración de inexistencia de la Caducidad «puede inhibirlo de acceder a la revocación de los actos que se soliciten», indicaron fuentes oficiales. También se estima que después de aprobada la nueva Ley los propios jueces podrían determinar, ante las solicitudes de familiares: «desarchivar, dar vista, discutir, o plantear que la ley interpretativa es inconstitucional, la cual también podría ser recurrida por una persona que ha sido llamada a declarar por el Juez».

La posibilidad de un dictamen de inconstitucionalidad, fue admitida ayer por el diputado del MPP, Aníbal Pereyra, en diálogo con LA REPUBLICA. «Nadie puede saber como fallará la Suprema Corte, pero en un reciente fallo contra un recurso presentado por la fiscal Mirtha Guianze hay un claro indicio de lo que puede pasar», y por eso, añadió, se solicitó el plenario para analizar otros caminos. Ahora, agregó, «la mayoría aceptó ese riesgo».

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