PROYECTO. EL ORGANISMO CREA LA FIGURA DELICTIVA DEL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO

Corrupción: la mira puesta en viajes y regalos de los funcionarios

«El uso del poder para el beneficio propio», esa es una de las definiciones que maneja Transparencia Internacional en el tema de la corrupción. Uruguay, según un estudio de este propio organismo, ocupa el lugar 23 en 150 países relevados. No está mal para algunos, se debe mejorar mucho para otros, el vaso puede verse medio lleno o medio vacío. En este sentido las autoridades buscan fortalecer y ampliar la red de normas que tiene que ver con la prevención y control de la gestión pública.

El proyecto de ley a estudio de la Comisión de Constitución y Código del Parlamento elevado por la Junta de Transparencia y Ética Pública, con el visto bueno del Consejo de Ministros, prevé penar los «privilegios o servicios» que puedan obtenerse en casos de corrupción. La normativa vigente solo alcanza a los provechos económicos, «es uno de los puntos más importantes del proyecto de ley, se trata de agregar estas figuras como delictivas», dijo en diálogo con LA REPÚBLICA, Luis Yarzábal, vicepresidente del organismo que asumió hace poco más de un mes. La decisión de la Junta de Transparencia fue tomada en base a los últimos 10 años de experiencia, donde se registra un promedio de entre cuatro y cinco informes mensuales a pedido del Poder Judicial. En esa experiencia, los privilegios obtenidos o servicios aparecen de forma recurrente, tal vez más que los provechos económicos. Se trata de poner la mira en obsequios, viajes y otros beneficios que puedan recibir políticos y funcionarios públicos como agradecimiento por «gauchadas».

De la misma forma el proyecto de ley prevé crear como figura delictiva el enriquecimiento ilícito. «El enriquecimiento ilícito del patrimonio que no puede ser justificado hoy solo puede ser utilizado como un agravante en una causa de corrupción pero no como un delito en sí», explicó Yarzábal.

Paralelamente, la Junta estudia ampliar la franja de los funcionarios públicos obligados a presentar declaración jurada de bienes, como lo establecen las leyes de otros países. Al momento en Uruguay esta obligatoriedad solo alcanza a los cargos de conducción de Estado, desde el Presidente hacia abajo, a niveles gerenciales, de jefaturas, de lugares donde se puede ordenar gastos, etc. Quienes no cumplen son intimados al tiempo que se les retiene un 50% del salario.

«Próximamente mantendremos dos encuentros de carácter internacional en Viena y Washington donde aprovecharemos para analizar la posible ampliación de la norma de funcionarios públicos a la luz de ver cómo funciona el sistema en otros países que lo han aplicado», contó Yarzábal.

 

CIFRAS

* 50. Es el promedio de casos de corrupción anuales en que la Junta de Transparencia y Ética Pública eleva informes al Poder Judicial.

 

* 12.000. Es la cantidad de declaraciones juradas que guarda la Junta de Transparencia ahora abocada a tratar de informatizar toda esa documentación.

 

* 23. Es el porcentaje que en 2010 se registraba sobre funcionarios que aún no habían presentado la declaración jurada.

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